El sexteo o sexting es la práctica de compartir material erótico o pornográfico a través del teléfono móvil, mediante aplicaciones de mensajería, correos electrónicos o redes sociales.
“El sexting genera una hipersexualizacion e incita a los adolescentes a querer tener más contacto y exposición, ya que esta presentación continua es una motivación para buscar estímulos más intensos e incita a la búsqueda de material de este tipo”,
El grooming es la persuasión de un adulto a un menor con la finalidad de obtener de ellos fotografías, videos o cualquier material con contenido sexual para luego extorsionarlos y algunas ocasiones poder llegar a ellos para cometer el abuso sexual físico.
El grooming cuenta con tres etapas y la primera es la captación donde el depredador ubica a la víctima, ya sea por redes o a través de aplicaciones de mensajería instantánea, luego pasa a la fase de sexting o sexteo, donde se intercambian fotografías con contenido pornográfico del menor, luego continúa la extorsión sexual.
Los padres deben tener total acceso a los dispositivos de los hijos y esto se logra conectando las cuentas de correo electrónico a los celulares de los menores, de esta manera pueden darse cuenta de toda la actividad realizada por ellos. También pueden habilitar el control parental y restringir aplicaciones, así como limitar el uso del teléfono a horas específicas
Todo lo que se sube a la internet es imposible de ser eliminado, ya que la información se queda en los servidores de la compañías dueñas de esta redes sociales.
Compartir a través de las redes sociales o cualquier tipo de aplicación de mensajería instantánea de contenido sexual de un menor de edad, es difusión de pornografía infantil y una violación al artículo 24 de la ley 53 07, Sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología y al artículo 411 del Código del Menor, por lo que las personas que compartan, descarguen y publiquen este tipo de contenidos pueden enfrentar una sanción de entre dos y cuatro años de prisión.
La exposición a imágenes o videos de contenido sexual sin consentimiento puede traer diversas secuelas a pesar de que se trate de una exposición virtual. Los adolescentes son vulnerables a ser fácilmente influenciados a enviar este tipo de contenido, así como a otras prácticas sexuales dentro o fuera del entorno virtual. A su vez corren el riesgo de que sus imágenes sean expuestas o de ser extorsionados.
Es importante en el caso de los padres, indagar si los menores están siendo extorsionados con sus imágenes privadas, pues pueden proceder poniendo una denuncia en el Dicat (Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología de la Policía Nacional) porque poseer, promover y compartir imágenes o videos de contenido sexual de menores de edad constituye un delito de pornografía infantil.

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